JurídicoESEN
Order (Auto)February 10, 2016

A- de 2016

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

✓Claimant Maria Eugenia Muñoz Gomez·Respondent Presidencia De La Republica

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela
  • Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Reiteración auto A.124/09
2 topics · 2 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado Treinta y Nueve Penal Municipal con Función de Control de Garantías de la misma ciudad, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.

La Corte recuerda que, respecto a la definición del régimen de competencias por la naturaleza de las entidades demandadas, es decir, por la aplicación del factor funcional, en materia de tutela sólo hay una regla sobre el particular y es la referente a las acciones de amparo dirigidas contra la prensa y los demás medios de comunicación, cuyo conocimiento le corresponde a los jueces del circuito.

Precisa que, en relación con la aplicación del Decreto 1382 de 2000, la jurisprudencia constitucional ha señalado que el mismo sólo establece reglas de reparto de la acción de tutela y no de competencia.

De tal modo, que las disposiciones consagradas en dicha norma no son presupuesto para que una autoridad se aparte del conocimiento de un asunto.

Se resuelve la controversia ordenando la remisión del expediente al Juzgado Octavo Administrativo de Bogotá, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones, el conocimiento de la solicitud de amparo formulada

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del veintiuno (21) de enero de dos mil dieciséis (2016) proferido por el Juzgado
  2. Octavo. Administrativo del Circuito de Bogotá - Sección Segunda, mediante el cual decidió que no era competente para conocer de la acción de tutela presentada por la señora María Eugenia Muñoz Gómez contra Presidencia de la República, Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, Alcaldía Mayor de Bogotá, Secretaría de Movilidad del Espacio Público y la Policía Metropolitana de Bogotá y otros.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-2330 al Juzgado
  4. Octavo. Administrativo del Circuito de Bogotá - Sección Segunda, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la acción de tutela de la referencia.
  5. Tercero. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado Treinta y Nueve Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.